Normas de acceso de nuestros fieles amigos

NORMAS DE ACCESO Y COMPORTAMIENTO PARA VISITANTES CON PERROS A ANIMUNDO, FERIA DEL ANIMAL DE COMPAÑÍA

Los visitantes a Animundo, Feria del Animal de Compañía, podrán acceder a la misma acompañados de perros. Con el objetivo de garantizar el bienestar y seguridad de las personas y animales asistentes al certamen, no se permitirá el acceso a la feria a animales de compañía que no sean perros.

Si decide venir a la feria con su perro, debe tener en cuenta las siguientes normas:

1. ADQUIRIR SU ENTRADA DE MANERA ONLINE a través de la página web www.animundo.es o en TAQUILLA en INFECAR los días de la feria.

Los visitantes podrán venir acompañados de sus perros, siempre que éstos tengan más de 3 meses y cumplan con las normas de acceso que se indican aquí.

2. ANTES DE ENTRAR AL RECINTO ACCEDERÁN AL PUNTO DE ENCUENTRO DE CONTROL VETERINARIO, DONDE TENDRÁN QUE APORTAR LA SIGUIENTE DOCUMENTACIÓN:

  • Acreditarse como propietario del animal (DNI) o, en su defecto, como persona debidamente autorizada, mayor de edad y responsable del animal (según modelo Anexo I).
  • Cartilla sanitaria del animal, en la que se reflejen los siguientes datos:
    • Número de identificación del animal.
    • Datos del propietario.
    • Fecha y sello oficial de la vacunación o vacunaciones antirrábicas efectuadas y en vigor para animales mayores de 3 meses, (según ORDEN de 18 de marzo de 1998, conjunta de la Consejería de Agricultura, Pesca y Alimentación y de la Consejería de Sanidad y Consumo, por la que se regula la Campaña Antirrábica).

En el caso de los perros potencialmente peligrosos:

  • Sólo se permitirá la entrada de un perro potencialmente peligroso por persona.
  • Tendrán que mostrar la licencia administrativa en vigor y que autoriza su tenencia o el documento acreditativo de su inscripción en el Registro de Animales Potencialmente Peligrosos.
  • Tendrán que circular siempre sujetos con una correa de menos de dos metros de longitud y con un bozal adecuado, correctamente colocado y mantenerlo durante toda su permanencia en el recinto.

TODOS LOS PERROS DEBERÁN ENTRAR CON CORREA.

Aquellos perros que, no siendo perros potencialmente peligrosos como tal, por sus características físicas, porque presenten un carácter potencialmente peligroso, o porque así lo estime el personal Veterinario en el control de acceso, se les podrá exigir llevar el bozal durante toda su permanencia en el recinto.

En todo caso, el personal veterinario del punto de control de acceso será quien determine el acceso o no del animal al recinto.

Una vez comprobado que se cumplen todos los requisitos, con el visto bueno final del personal veterinario y disponiendo de su entrada, podrá acceder al recinto con su perro.

Normativa aplicable tenencia de Animales Potencialmente Peligrosos:

  • Ley 50/1999, de 23 de diciembre, sobre el Régimen Jurídico de la Tenencia de Animales Potencialmente Peligrosos.
  • Real Decreto 287/2002, de 22 de marzo, por el que se desarrolla la Ley 50/1999, de 23 de diciembre, sobre el régimen jurídico de la tenencia de animales potencialmente peligrosos.

A tener en cuenta especialmente lo siguiente de la norma:

Artículo 2. Animales de la especie canina potencialmente peligrosos.

1. A los efectos previstos en el artículo 2.2 de la Ley 50/1999, tendrán la consideración de perros potencialmente peligrosos:

  • Los que pertenezcan a las razas relacionadas en el anexo I del presente Real Decreto y a sus cruces.
  • Aquellos cuyas características se correspondan con todas o la mayoría de las que figuran en el anexo II.

2. En todo caso, aunque no se encuentren incluidos en el apartado anterior, serán considerados perros potencialmente peligrosos aquellos animales de la especie canina que manifiesten un carácter marcadamente agresivo o que hayan protagonizado agresiones a personas o a otros animales.

Anexo I

  • Pit Bull Terrier.
  • Staffordshire Bull Terrier.
  • American Staffordshire Terrier.
  • Rottweiler.
  • Dogo Argentino.
  • Fila Brasileiro.
  • Tosa Inu.
  • Akita Inu.

Anexo II (razas tales como American Bully, Presa canario, Doberman,…)

Los perros afectados por la presente disposición tienen todas o la mayoría de las características siguientes:

  • Fuerte musculatura, aspecto poderoso, robusto, configuración atlética, agilidad, vigor y resistencia.
  • Marcado carácter y gran valor.
  • Pelo corto.
  • Perímetro torácico comprendido entre 60 y 80 centímetros, altura a la cruz entre 50 y 70 centímetros y peso superior a 20 kg.
  • Cabeza voluminosa, cuboide, robusta, con cráneo ancho y grande y mejillas musculosas y abombadas. Mandíbulas grandes y fuertes, boca robusta, ancha y profunda.
  • Cuello ancho, musculoso y corto.
  • Pecho macizo, ancho, grande, profundo, costillas arqueadas y lomo musculado y corto.
  • Extremidades anteriores paralelas, rectas y robustas y extremidades posteriores muy musculosas, con patas relativamente largas formando un ángulo moderado.
  • DECRETO 30/2018, de 5 de marzo, por el que se regula el régimen jurídico de la tenencia de animales potencialmente peligrosos en la Comunidad Autónoma de Canarias.
  • Ordenanza Municipal Ayto. Las Palmas de Gran Canaria sobre protección y tenencia de animales (art. 61).

3. UNA VEZ DENTRO DEL RECINTO:

  • Su perro deberá ir siempre con correa o/y bozal, si procede.
  • Deberá guardar la distancia interpersonal entre su perro y la del resto de visitantes.
  • Los propietarios de los perros deberán impedir que éstos depositen sus deyecciones en las zonas de tránsito de los visitantes. En el caso de que fueran depositadas de manera accidental, el propietario estará obligado a proceder a su limpieza de manera inmediata. Recuerde traer sus bolsitas para la recogida de excrementos.
  • Durante su permanencia en el recinto estará prohibido alimentar a los perros.
  • Para hidratar a su perro, recuerde traer su propio dispensador de agua portátil.
  • Los veterinarios acreditados y los supervisores de la organización de la Feria, podrán en cualquier momento hacer controles y requerir al propietario para garantizar las condiciones sanitarias y de seguridad del recinto.
  • Si en algún momento se observa alguna situación que pudiera provocar daños o molestias graves a los presentes en la Feria, será obligado a abandonar el recinto.
  • Todos los daños ocasionados por su perro a otros animales o personas dentro del recinto, serán responsabilidad exclusiva del propietario del perro causante de dichos daños.

El acceso al recinto supone la aceptación automática de estas normas y será plenamente responsable del comportamiento de su animal.

Infecar se reserva el derecho de admisión para los casos en los que no se cumpla los requisitos de seguridad y sanidad establecidos para el evento.